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Buen análisis sobre el consentimiento matrimonial. Coincido en que la perspectiva antropológica personalista es clave para entender el canon 1103. El gran desafío en el entorno ecuatoriano radica en el ‘temor reverencial’, ya que en nuestra cultura las dinámicas de dependencia afectiva, respeto jerárquico familiar y presión moral suelen estar normalizadas socialmente. Esto hace que la línea entre una fuerte sugerencia familiar y una coacción externa que anule la libertad consensual sea sumamente delgada y difícil de identificar. Frente a esta complejidad sociológica, ¿qué criterios específicos o indicios probatorios está priorizando el Tribunal Nacional de Apelación del Ecuador para diferenciar el temor reverencial invalidante de las presiones familiares cotidianas, alcanzando la certeza moral exigida?